Hospital Municipal
Dr. José de Jesús Jiménez Almonte

¡¡¡ Salud, calidad, compromiso y sensibilidad social !!!

EL Hospital Municipal José de Jesús Jiménez Almonte, es una institución de salud sin fines de lucro, de carácter público perteneciente al segundo nivel de atención hospitales básicos de apoyo con atención. Este Nivel está compuesto por las especialidades de: Internación hospitalaria (Pediatría, Gineco-obstetricia, Cirugía General y Medicina Interna; con apoyo de anestesiología, y servicios complementarios de diagnóstico y tratamiento). Creado por el Gobierno Dominicano con el propósito fundamental de garantizar los servicios de salud necesaria para toda la población del sector y zonas aledañas ofreciendo servicio de salud en una población polivalente.

Inicia sus actividades en el año 1996 y su apertura en el año 2001. Está ubicado en la zona norte de Santiago, tiene una población de 32,000 mil habitantes. Su estructura interna es de carácter funcional.



¿Quienes somos? image

 Somos una institución de servicios de salud de carácter publico que brinda atención oportuna a los usuarios con calidad y humanizadas, mediante un trabajo en equipo, con profesionales altamente calificado. 

Misión

 Ser una institución publica de excelencia en la prestación de servicios de salud con calidad y equidad a las necesidades de salud de los usuarios. 

Visión

 Excelencia Calidad Humanidad Responsabilidad Social Trabajo en Equipo Equidad Eficiencia Eficacia 

Valores

CARTERA DE SERVICIOS 1

ANESTESIOLOGIA CIRUGIA GENERAL ENDOCRINOLOGIA GASTROENTEROLOGIA GINECOLOGIA Y OBSTETRICIA MAXILOFACIAL MEDICINA INTERNA MEDICINA FAMILIAR MEDICINA GENERAL NUTRICION ORTOPEDIA PEDIATRIA PSICOLOGIA

CARTERA DE SERVICIOS 2

DESINTOMETRIA ELECTROCARDIOGRAMA EMERGENCIA EPIDEMIOLOGIA LABORATORIO ODONTOLOGIA PATOLOGIA PLANIFICACION FAMILIAR PROGRAMA DE VIH/SIDA PROGRAMA DE TUBERCULOSIS PROGRAMA DE VACUNAS RAYOS X SONOGRAFIA

CARTERA DE SERVICIOS LABORATORIO

HEMOGRAMA ORINA COPROLOGICO FALCEMIA TIPIFICACION ERITROSEDIMENTACION HIV HEPATITIS B HEPATITIS C P.C. REACTIVA FACTOR REUMATOIDE ASO R. WIDAL GESTA TEST GLICEMIA UREA CREATININA SGOT SGPT COLESTEROL TRIGLICERIDOS AMILASA ACIDO URICO

Estructura del Hospital image

La estructura de un hospital esta especialmente diseñada para cumplir las funciones de prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades.
Es un establecimiento destinado para la atención y asistencia a enfermos por medio de personal Facultativo, enfermería, personal auxiliar y de servicios técnicos durante 24 horas, 365 días del año y disponiendo de tecnología, aparato logia, instrumental y farmacología adecuadas.

Sistema Asistencia:
Engloba a todas las áreas del hospital que tienen una función asistencial, es decir atención directa del paciente por parte de profesionales del equipo de salud. Hay dos áreas primordiales en la asistencia directa del paciente:
los consultorios externos para atender pacientes con problemas ambulatorios (que no requieren internación)
las áreas de unidad del paciente, para cuidado de problemas que sí requieren hospitalización.

Referimientos:
Se realizan cuando se necesita una atención de mayor complejidad. En Los hospitales de Tercer Nivel Que son un conjunto de establecimientos de salud con niveles de complejidad diferentes, necesarios para resolver con eficacia necesidades de salud de diferente magnitud y severidad. (Ejemplo Cabral y Báez)
. Este nivel es ámbito regional y constituye el centro de referencia de mayor complejidad  regional. Aquí trabajan especialistas para la atención de problemas patológicos complejos, que necesitan equipos e instalaciones especializadas.

Sistemas de Información:
El Hospital cuenta con programas diseñados especialmente para el correcto funcionamiento de todas las áreas. Es manejada generalmente por un Departamento o gerencia de Sistemas de Información.
LA PAGINA DE SUGERENCIAS, LOS CONTACTOS.

Docencia e Investigación:
La docencia y la investigación son puntos clave para la mejora de los servicios, contamos con programas de capacitaciones acorde con los requerimientos necesarios para alcanzar el mayor índice de calidad en la atención.

Accesibilidad a los Servicios:
El transporte urbano metropolitano suele dotar de servicio a todos los barrios con el hospital a través de diferentes líneas. Así como el servicio de taxis.
El servicio de ambulancias del hospital se concreta  con el sistema del 911.
Cuenta con un equipo que proporciona seguimientos a la asistencia y la eficacia de la misma.

CONFRATERNIDAD CON LA COMUNIDAD Y SUGERENCIA DE NUESTRO USUARIOS,
Hemos formado relaciones con las diferentes juntas de vecinos para el fortalecimiento de la atención.
Colocamos buzones de sugerencias con el objetivo de que nuestros usuarios nos ayuden con sus evaluaciones y sugerencias las mejoras de los servicios.
Biografia DR. JOSÉ DE JESÚS JIMÉNEZ ALMONTE image
José de Jesús Jiménez Almonte

Nace en (Guazumal) Tamboril, Santiago, 6 de agosto de 1905 fue uno de los primeros y más distinguidos botánicos de Republica Dominicana, segundo solamente a su mentor Rafael Maria Moscoso. También estuvo entre los mejores médicos de su país.
Fueron sus padres Leopoldo Jiménez Almanzar (1870-1946) y Ana Josefa Almonte Arias. Su abuelos paternos fueron Juan Jiménez Lopez, tio del empresario tamborileño Eduardo Leon Jimenez,  y Carmen Almanzar Lajara, prima, una vez removida, del expresidente Horacio Vasquez Lajara.
Fue fundador de la Asociación Médica de Santiago en 1941 de la que fue presidente en 1944, el fundador de la Sociedad Dominicana de Botánica en 1973 y fundador de la Academia de Ciencias de la República Dominicana en 1974. Fue maestro y mentor del notable botánico santiagués Eugenio de Jesús Marcano Fondeur. Graduado de licenciado en Medicina en la Universidad Santo Tomás de Aquino, hoy

Universidad Autónoma de Santo Domingo, el 23 de febrero de 1931. Se graduó de doctor en Medicina en junio de 1950. Presentó la tesis “Polioencefalitis superior crónica progresiva” (Anales Univ. Sto. Dgo., vol. 20, 1954).

Discípulo del doctor Rafael Moscoso Puello, médico botánico sobresaliente del siglo 20. Recolectó
y publicó: Plantas nuevas para la ciencia, nuevas para la Hispaniola y nuevas para la República Dominicana (1952),

En 1959 presentó su trabajo “A New Catalogue of the Dominican Flora”. En 1996 en Padua, Italia, publica “Suplemento No.1 al Catalogus Florae Domingensis”.

“Doctor Honoris Causa” de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra en 1970.

Recibe el “Premio Nacional de Ciencias 1980”.

Fue campeón nacional de Ajedrez de 1982.
  • Av. Salvador Estrella Sadhalá, esquina 11 Ensanche Libertad
  • Santiago de Los Caballeros, República Dominicana
Normativas image
Normativa Reguladora

Las atribuciones y funciones del hospital están establecidas en el Reglamento General
de hospitales y está fundamentado en la Ley General de Salud 42-01.
A través del Decreto 351-99, promulgado el 12 de agosto de 1999 el REGLAMENTO
GENERAL DE HOSPITALES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, instrumento con
base en el Código de Salud vigente y acorde con los cambios que se producen en los
servicios sanitarios de nuestro país.
El Reglamento establece los principios, normas y políticas administrativas de carácter
general, mediante las cuales debe regirse la organización y funcionamiento de los
hospitales de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS),
del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y de las Fuerzas Armadas(FFAA),
en un contexto de redes integrales de servicios, de gestión desconcentrada y
descentralizada con participación ciudadana. Además, ofrece elementos útiles para la
articulación de acciones entre el sector público y privado.
El Reglamento establece los derechos y deberes, tanto de los proveedores como de los
usuarios del servicio, y armoniza conscientemente sus relaciones, la forma o modalidad
de las atenciones del hospital están en concordancia con el Modelo Nacional de
Atención en Salud y con la organización de la red de servicios a la cual pertenece dicho
hospital. Además, establece que el hospital es un centro de referencia y
contrarreferencia de pacientes y especímenes de y hacia otros establecimientos de salud
de su red de servicios o del Sistema Nacional de Salud y deberá apoyar a las unidades
de menor complejidad tanto logística como técnicamente, para lo cual se establecerán
los debidos mecanismos de intercambio y apoyo.
El hospital tiene las siguientes funciones y atribuciones según lo tiene establecido el
Reglamento General de Hospitales:
a) Ofrecer atención de salud a la población, de acuerdo con su capacidad resolutiva,
realizando actividades de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en
salud, mediante servicios asistenciales a través de los servicios externos, la
hospitalización y los servicios de urgencia, y podrá remitir a otras unidades, de acuerdo
con el sistema nacional de referencia y contrarreferencia, asegurándose que el paciente
ha sido adecuadamente estabilizado.

b) Promover una adecuada interrelación con su red de servicios y sus comunidades, para
asegurar o apoyar su funcionamiento integral y articulado, a fin de que cada uno de los
establecimientos cumpla el rol esperado en el Sistema Nacional de Salud.
c) Participar, como parte de la red de servicios y en coordinación con las Direcciones
Provinciales y Municipales de Salud (DPS y DMS), y en conjunto con las comunidades,
en el desarrollo de enfoques y mecanismos de carácter preventivo y promocional, con el
fin de reducir los riesgos o los efectos de los determinantes a la salud.
d) Participar en el proceso de formación del personal en salud propio y para la red,
como centro de apoyo logístico o técnico, e investigar para apoyar el entendimiento de
la situación de salud, así como para intervenir en el proceso de normalización técnico -
administrativo de la DPS y DMS y el nivel central.
Complementar, apoyar y cooperar con los establecimientos de la red, tanto en los
aspectos de atención directa a las personas, como en el ejercicio de las funciones
especiales de la salud pública (vigilancia epidemiológica, entre otras).
f) Participar y ejecutar el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes y
especímenes, que se haya diseñado y concertado en el nivel nacional, regional o en la
provincia.
g) Elaborar y ejecutar planes y programas de salud tomando como referencia los planes
y programas locales y nacionales en salud y sus respectivas normas técnicas, así como
los protocolos nacionales de diagnóstico, tratamiento y seguimiento de pacientes.
h) Desarrollar actividades de educación continuada, capacitación y formación de
recursos humanos en salud, dentro del hospital y en la red de servicios.
i) Mantener a sus recursos humanos capacitados y actualizados, capaces de ejercer sus
funciones con calidad y eficacia en temas clínicos y programáticos.
j) Organizar su oferta de atención en función de la realidad epidemiológica, del espacio
poblacional al cual presta servicios, la capacidad resolutiva, del rol en la red de servicios
y dentro del contexto del modelo de atención en salud adoptado.
k) Conocer la situación de salud, sus determinantes, tendencias y la estructura de la
demanda de la población a que atiende.
l) Promover y lograr la participación de la comunidad en el proceso de producción
social de la salud.
m) Organizar y desarrollar internamente su gestión, programación y ejecución, de
acuerdo con las prioridades nacionales y locales, y conforme al Plan Nacional de Salud.
n) Mantener informada a la comunidad sobre los problemas de riesgo a la salud
identificados, mantener informadas a las Direcciones Provinciales y Municipales de
Salud (DPS y DMS) y a la Dirección General de Hospitales (DGH) sobre la producción

y gestión del hospital y de los riesgos identificados, y participar activamente en la
vigilancia epidemiológica nacional y local.
o) Establecer, de manera coordinada con otras instancias del área, programas para
situaciones de desastres, tanto para mantener su funcionamiento como para socorrer en
el lugar del desastre natural a los afectados por estas contingencias, por lo que deberá
integrarse plenamente al Sistema de Defensa Civil.
p) Garantizar que el entorno hospitalario, las prácticas y tecnologías sean seguras y
confiables para todos los pacientes, que su funcionamiento, de ninguna forma, cree
riesgos adicionales a la comunidad en donde está ubicado, sean éstos de carácter
biológico, físico, químico o social.
q) Evaluar en forma periódica sus actividades, a fin de asegurarse que cumple el
desempeño esperado y de que aplica los correctivos pertinentes; además participará
activamente en los programas de acreditación, control de calidad interna y externa.
r) Garantizar el adecuado mantenimiento preventivo y correctivo, para la protección a
los equipos, mobiliarios e infraestructura, con el fin de asegurar no sólo las condiciones
de seguridad, sino de eficiencia de los mismos, y proteger la inversión realizada.

Derechos de los pacientes

1. Recibir atención idónea, oportuna, social y culturalmente aceptable y sin
discriminación de ninguna clase, e independientemente de su capacidad adquisitiva.

2. Ser atendido con respeto y esmero en función a su dignidad humana.

3. Privacidad y confidencialidad durante su atención, protegiendo su integridad social y
sicológica

4. La información sobre su estado será hecha en forma profesional y reservada, evitando
que su historia clínica sea manejada o conocida por personas ajenas a la atención del
paciente.

5. A que el médico asignado a la atención del menor les informe a sus padres y/o
tutores, sobre el curso de su atenciones y problema de salud del paciente.

6. Los familiares tienen derecho a consentir o no en la realización de procedimientos y
tratamientos. A cuando sea factible y pertinente, participar en las decisiones y acciones
de su tratamiento.

7. A ser acompañado por sus padres y/o tutor, en donde eso sea posible o pertinente,
durante un examen médico o tratamiento, cuando este sea realizado por un profesional
del sexo opuesto o cuando el paciente lo desee.

8. A Consultar con otros especialistas, a petición de sus padres y/o tutor, cuando desee
opiniones alternativas, sin que esto sobrevenga en acciones discriminatorias contra el
paciente.

9. A tener acceso al culto religiosos según sus usos y costumbres, así como acceso a
prácticas culturales de medicina tradicional con la organización del hospital y cuando
estas sean de reconocida eficiencia y seguridad.

10. Todo tutor legal tiene derecho de solicitar la salida voluntaria del menor, por lo cual
deberán solicitarlo formalmente a través de un formulario normatizado.

11. Elevar a la dirección general del hospital cualquier queja o sugerencia que tenga que
ver con la atención recibida que pueda contribuir a mejorar la calidad del servicio
brindado, pudiendo utilizar los buzones de sugerencias dispuestos para estos fines.

12. Cualquier otro dato o información que se considere necesario para mejorar el
conocimiento de su proceso o de las medidas sanitarias adecuadas para la prevención de
la misma.

Deberes de los pacientes:

Los siguientes deberes se refieren a los pacientes y/o tutores legales por tratarse de
menores de edad.

1. Cumplir y respetar los reglamentos internos del hospital, los cuales a su ingreso le
serán explicados a él o familiares

2. Suministrar la información correcta y verídica sobre su padecimiento y sobre
cualquier aspecto social y epidemiológico (su dirección, sus familiares, posible riesgo
para el personal de salud, entre otros).

3. Cumplir con su tratamiento y asistir a las citas de seguimiento.

4. Respetar al personal de salud.

5. Cuidar y proteger las instalaciones pertenecientes al hospital

6. Respetar y ser solidarios con los demás pacientes

7. Mantener una higiene personal adecuada y contribuir a mantener el ambiente

8. Cuidar los recursos que la institución pone a sus servicios.


ESTE SITIO FUE CONSTRUIDO USANDO